Estimados clientes,
Queremos informarte de los datos oficiales referentes a la evolución de precios en 2025 que afectan, entre otras cosas, al cálculo de actualizaciones de rentas de arrendamientos.
➢ IPC definitivo 2025
El IPC (Índice de Precios de Consumo), que mide la inflación general de los precios al consumo en España, cerró el año 2025 con una variación interanual del 2,9 % en diciembre de 2025.
Este valor es el dato definitivo para 2025 publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y sirve como referencia general de la inflación anual para distintas finalidades económicas y contractuales.
➢ IRAV 2025 – Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda
Desde enero de 2025, el INE publica el IRAV (Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda), un índice específico para actualizar contratos de alquiler de vivienda habitual firmados a partir del 26 de mayo de 2023, tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda.
El IRAV se calcula tomando el valor mínimo entre la variación anual del IPC, la variación anual del IPC subyacente y una media ajustada con parámetros técnicos que suavizan fluctuaciones.
El IRAV se sitúa en el 2,29 % en diciembre 2025.
Este índice tiene por objetivo evitar subidas desproporcionadas en las rentas y aportar mayor estabilidad a los alquileres de vivienda.
➢ ¿Cuándo se aplica IPC y cuándo IRAV en tu contrato de arrendamiento?
Para entender correctamente qué índice debes usar para actualizar una renta de alquiler, ten en cuenta lo siguiente:
- Contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023, se aplicará lo pactado en el contrato:
▪ Si el contrato establece IPC → se usa el IPC vigente.
▪ Si establece otro índice (por ejemplo IGC o similar) → se aplicará ese índice según contrato.
No se aplica automáticamente el IRAV salvo que así se haya pactado.
- Contratos firmados a partir del 26 de mayo de 2023 en adelante: la actualización de la renta se debe hacer conforme al IRAV publicado por el INE.
A partir de esta fecha, el IRAV actuará como índice de referencia obligatorio para vivienda habitual, limitando la variación máxima que puede aplicarse al alquiler.
➢ Resumen:
| CONCEPTO | VALOR 2025 | APLICACIÓN |
|---|---|---|
| IPC 2025 | 2,9 % | Índice general |
| IRAV 2025 | 2,29 % | Específico para alquileres posteriores a mayo 2023. |
Desde AP Consultores, quedamos a tu disposición para resolver cualquier duda al respecto





